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29 de abril de 2013

Proceso de Reliquidación 2015

Las tarifas de la energía que cada familia paga por el consumo de su hogar (generación, transmisión y distribución) son fijadas y reguladas para todo el país por la Comisión Nacional de Energía, dependiente del Ministerio de Energía. Cada año la CNE publica Decretos Tarifariosque regulan el precio de la energía, al alza o la baja, según sus costos de producción.  

Por instrucción de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), le informamos que se ha dado inicio al segundo proceso de reliquidación por decretos tarifarios pendientes de publicación del año 2014. Esta reliquidación será cargada en su cuenta eléctrica en cuotas que se incluirán a partir de la boleta/factura, posterior al término del cobro de la reliquidación anterior (R1). 

Para su mejor información, resumimos cómo se agrupan los procesos de reliquidación hasta la fecha instruidos por la SEC, a partir de los Decretos Tarifarios emitidos por el Ministerio de Energía: 

Reliquidación 1 (R1): Cobrada a partir de las cuentas emitidas entre enero y febrero de 2015, que incorpora la emisión de 6 decretos pendientes publicados por el Ministerio conteniendo la actualización de tarifas facturadas en el periodo enero de 2011 a abril 2014. 

Reliquidación 2 (R2): Cobrada a partir del término de las cuotas de la reliquidación R1, la que incorpora un Decreto publicado por el Ministerio actualizando tarifas del período mayo 2014 a agosto 2014. 
 

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