Preguntas Frecuentes

¿Qué es una facturación provisoria?
Es cuando a un cliente se le factura un consumo equivalente al promedio de los 6 meses anteriores.
¿Cuándo se realiza una facturación provisoria?
Este mecanismo se utiliza cuando no es posible acceder a la lectura del medidor, ya sea por estar estos al interior de las viviendas o por situaciones de fuerza mayor.
¿Es legal que hagan esto?
Efectivamente. El Decreto Supremo Nº327 establece cúando y cómo hacerlo (promedio de los 6 meses anteriores).
¿Qué pasa si me cobraron de más? ¿Me devuelven el excedente?
Una vez que logramos obtener la lectura del medidor, se factura la energía realmente consumida, y se le descuenta la facturación provisoria. Si quedan excedentes, se abonan a la cuenta del cliente del mes siguiente.
¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo?
Puede contactar a la empresa para aportar la lectura del medidor y solicitar la refacturación. Además, puede dejar la lectura en algún lugar visible de su vivienda, en la fecha indicada en su boleta, como próxima lectura.
¿Cómo identifico si me están cobrando lo que dice el medidor o un consumo provisorio?
En la sección “Mi Consumo”, en caso de facturar un consumo provisorio, lo encontrará indicado como “-------”. mi consumo
¿Cómo identifico si realmente me abonaron lo facturado de manera provisoria?
En el detalle de la cuenta se incluye el valor descontado por lo facturado en base al promedio del mes anterior bajo la glosa “Devolución Facturación Provisoria”.
¿Cómo se leen las barras de la boleta con la facturación provisoria?
Hemos mejorado la visualización del promedio en el gráfico de barras. Anteriormente, no se mostraba ningún consumo el mes que se facturaba el consumo promedio y a partir de junio estamos mostrando una barra equivalente dicho consumo.
mi consumo
¿Qué es el límite de invierno?
El límite de invierno corresponde a un parámetrodefinido por el Ministerio de Energía para regular el aumento de consumo eléctrico de los clientes residenciales sujetos a las tarifas BT1 y TR-AT1 para los consumos comprendidos entre el 01 de abril y 30 de septiembre. A los consumos que sobrepasen dicho límite se les aplicará un recargo en su boleta o factura llamado "Sobrecargo por consumo sobre el Límite de Invierno". Este año, de manera excepcional, en el caso de las distribuidoras del Grupo Saesa sólo se aplicará en las boletas que contienen los consumos de los meses de julio, agosto y septiembre.
¿Cómo puedo conocer mi límite de invierno?
El Límite de invierno aparece especificado en la boleta al lado de las barras de consumo. Se obtiene mediante un cálculo matemático. Si desea saber cómo calcularlo al detalle, visite nuestra página web www.saesa.cl. Anteriormente, se mostraba el límite según los días de lectura que se estaban facturando. A partir de junio, el límite de invierno se muestra en base a un período de 30 días.
Lectura 1
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¿Todos los clientes de Grupo SAESA pagan el sobrecargo?
Para que un cliente tenga el sobrecargo por consumo sobre el Límite de Invierno, debe consumir al menos 430 kWh mensuales. Esto es, una cuenta del orden de $70.000 mensuales y el sobrecargo se aplica sólo al consumo que supera este monto. En Grupo SAESA menos del 5% de los clientes cumplen esa condición. Además, el sobrecargo se calcula mes a mes, de manera que, si un mes superó el límite de invierno por una condición puntual, el mes siguiente no se verá afecto a sobrecargo si el límite no se supera ese mes.
¿Tiene algo que ver la hora en que se consume o el tipo de medidor que se emplea para el cobro del sobrecargo?
Las tarifas que hoy ven los clientes residenciales en Chile no dependen de los horarios en que se consume la electricidad ni del tipo de medidor, sino cuánta electricidad se consume mes a mes. Distinto es el caso de las llamadas tarifas horarias de las empresas y otras tarifas que hoy SAESA no hay clientes que las tengan.

¿Cómo puedo obtener una copia de mi boleta desde mi celular? Enviando un sms sin costo para usted al 4020 con el mensaje “boleta N

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